ARCA actualizó el monotributo: nuevos montos y el plazo límite para recategorizarse

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la nueva tabla del monotributo, actualizada en un 16,85 por ciento según la inflación del primer semestre relevada por el Indec.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la nueva tabla del monotributo, actualizada en un 16,85 por ciento según la inflación del primer semestre relevada por el Indec. El esquema rige entre julio y diciembre y es la referencia para el segundo trámite de recategorización del año, que se puede realizar hasta el 5 de agosto.

Cuánto se puede facturar en cada categoría

Con el reajuste, el tope de facturación anual para seguir siendo monotributista subió a 126.610.838,75 pesos. Estos son los límites por categoría:

  • Categoría A: hasta 6.450.000 pesos
  • Categoría B: hasta 9.450.000 pesos
  • Categoría C: hasta 13.250.000 pesos
  • Categoría D: hasta 16.450.000 pesos
  • Categoría E: hasta 19.350.000 pesos
  • Categoría F: hasta 24.250.000 pesos
  • Categoría G: hasta 29.250.000 pesos
  • Categoría H: hasta 36.350.000 pesos
  • Categoría I: hasta 45.450.000 pesos
  • Categoría J: hasta 56.450.000 pesos
  • Categoría K: hasta 68.450.000 pesos

Cuánto se paga por mes desde agosto

Los nuevos importes mensuales —que combinan impuesto integrado, aporte jubilatorio y obra social— también subieron un 16,85 por ciento y se abonarán a partir de agosto. Para actividades de servicios, los montos van desde 26.700 pesos en la categoría A hasta 624.500 pesos en la categoría K. Para comercio, las categorías A y B pagan lo mismo que en servicios; desde la C en adelante, los montos son menores, oscilando entre 42.900 pesos en la categoría C y 580.700 pesos en la categoría K.

Otros valores que se actualizaron

Junto con los montos anteriores, ARCA también ajustó el precio máximo admitido para productos vendidos por un monotributista y los topes de alquileres devengados anualmente por locales afectados a la actividad. El precio unitario de venta máximo pasó a 385.000 pesos para categorías A y B, y hasta 3.850.000 pesos para categorías I a K. El tope de alquileres devengados anuales subió a 6.450.000 pesos para las categorías A a H y a 9.450.000 pesos para las categorías I a K.

Cómo y cuándo recategorizarse

El trámite es online, con clave fiscal, a través del sitio o la aplicación de ARCA, donde figura un aviso para quienes deben recategorizarse, o buscando el servicio interactivo Monotributo. Quienes tienen al menos 12 meses en el régimen y facturan electrónicamente cuentan con un mecanismo simplificado: el sistema precarga los ingresos del período de referencia y el contribuyente solo debe confirmarlos o corregirlos. No deben recategorizarse quienes llevan menos de seis meses en el régimen ni quienes, según sus ingresos y demás variables, no cambian de categoría. Quienes tienen entre seis meses y un año en el monotributo deben proyectar sus ingresos de forma anualizada para saber en qué categoría quedan. Una vez cerrado el período de recategorización, ARCA controla las declaraciones y puede reubicar de oficio a quienes no se ajustan a su categoría real. Tras el trámite de febrero pasado, el organismo notificó a 220.426 contribuyentes que serían reubicados, de los cuales 24.646 presentaron disconformidad o recurso de apelación, según datos obtenidos mediante un pedido de acceso a la información pública.

Quiénes no pagan aportes a la seguridad social

Solo abonan el componente del impuesto integrado —sin aportes jubilatorios ni de obra social— quienes ya realizan aportes por estar en relación de dependencia, los menores de 18 años, quienes adhirieron al monotributo únicamente por locación de bienes muebles o inmuebles, y quienes se jubilaron antes de julio de 1994.

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