El gobernador Alfredo Cornejo intenta reformar el Estatuto del Empleado Público

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El gobernador de la provincia Alfredo Cornejo present en la Legislatura un proyecto de ley de para reformar el Estatuto del Empleado Pblico, la iniciativa oficial propone modificar la Ley 560/73, que rige las condiciones laborales del personal estatal. 

Los cambios propuestos por el ejecutivo provincial han sido calificados por sindicatos y especialistas como una reforma laboral regresiva, inconstitucional y profundamente perjudicial para los derechos adquiridos por las y los trabajadores pblicos.

Los puntos ms crticos 

Dentro del proyecto y de su reforma, estara la creacin de la figura del «personal interino», y que segn el artculo 4 bis del texto presentado, este nuevo tipo de trabajador «no goza de estabilidad propia», lo que implica que podr ser despedido sin causa justificada, sin indemnizacin y sin derecho a reinstalacin.

Otro de los puntos, y que ya forman parte de las alertas de una gran masa de trabajadores, es la Antigedad, que en el texto y en su artculo 9 establece que los trabajadores que ingresen como interinos no tendrn reconocido ningn da de antigedad previa, incluso si llevan aos prestando servicios en el Estado bajo figuras contractuales precarias.

Un ejemplo sera, que un prestador de salud con cinco o diez aos de trabajo en la misma dependencia pasara a ser interino con antigedad cero.

Qu otros puntos preocupan a una gran masa de trabajadores estatales

  • Sanciones

Otro punto preocupante del proyecto es la modificacin del artculo 53 del Estatuto, que establece que las sanciones de apercibimiento y suspensin de hasta 15 das «no son admisibles de impugnacin», salvo que se demuestre abuso de poder.

 Esta clusula elimina el derecho a defensa frente a sanciones menores, que pueden acumularse y derivar en cesantas.

El propio Estatuto establece que ms de quince das de suspensin en seis meses es causal de despido.

As, bastara con que un superior jerrquico aplique dos sanciones de siete das -sin posibilidad de impugnacin- para que el trabajador quede en situacin de cesanta.

  • Despedidos y sin cobrar

El artculo 50 del proyecto introduce una limitacin grave: aun cuando un despido sea declarado nulo por va administrativa o judicial, el trabajador no tendr derecho a percibir los salarios cados durante el proceso.

Esto implica que, incluso si se demuestra que el despido fue arbitrario, el Estado no deber pagar los sueldos retenidos ilegtimamente.

En el caso de los interinos la situacin es an ms grave, ya que el proyecto establece que no tendrn derecho a la reinstalacin, incluso si logran un fallo favorable.

El trabajador interino quedara completamente desprotegido, en caso de persecucin sindical o despidos sin causa.

«Si fuere revocada en sede administrativa o anulada judicialmente la baja o cesanta del agente efectivo o interino, tendr derecho a ser restablecido en su cargo y funcin, pero no proceder el reconocimiento de salarios cados, ni el pago de remuneraciones u otras asignaciones que no tengan su contrapartida en servicios efectivamente prestados».

  • Indemnizaciones

El artculo 5 modifica el rgimen indemnizatorio previsto en el Estatuto.

Actualmente, la indemnizacin por eliminacin de dependencia se calcula como un mes de sueldo por cada ao de servicio, con una escala que reconoce la antigedad:

  • 100% del ltimo salario si tiene menos de 10 aos

  • 150% si tiene entre 10 y 20 aos

  • 200% si supera los 20 aos

El proyecto elimina esta escala y fija el clculo en el 100% del ltimo salario para todos los casos, sin importar los aos trabajados.

Esto representa una prdida de hasta el 50% de la indemnizacin para quienes han dedicado dcadas al servicio pblico.

Qu dice la Constitucin Nacional y provincial

La Constitucin Nacional, en su artculo 14 bis, y la Constitucin de Mendoza, en su artculo 30, garantizan la estabilidad en el empleo pblico como un derecho fundamental.

La Corte Suprema de Justicia de la Nacin ha sostenido que esta estabilidad no solo protege el puesto de trabajo, sino tambin las condiciones en que se desarrolla, impidiendo modificaciones arbitrarias por parte de la administracin.

De esta manera la incitativa esta teniendo rechazos de varios frentes:

Lautaro Jimnez del FIT, denunci que la reforma «elimina ni ms ni menos que la estabilidad laboral prevista en la Constitucin Nacional y Provincial».

Con la figura del «personal interino», se crea «una doble escala de trabajadores», donde quienes no acceden a planta permanente quedan «sin indemnizacin, antigedad ni defensa ante sanciones».

Para Jimnez, se trata de «una reforma laboral regresiva que precariza al personal estatal para recortar gastos», alineada con «el plan de ajuste y corrupcin de la Casa Rosada».

El sindicato de trabajadores estatales de Mendoza, ATE, ya convoc a asambleas en toda la provincia este mircoles, como primer paso de un plan de lucha que podra incluir paro provincial y movilizaciones.

Tambin se prevn presentaciones judiciales por inconstitucionalidad, dado que la reforma vulnera tratados internacionales de derechos laborales.

«No vamos a permitir que se legalice la inestabilidad. Esta reforma no es tcnica: es poltica, y busca debilitar al trabajador estatal como sujeto de derechos», concluy el Secretario General de ATE Mendoza Roberto Macho.

La iniciativa arranc su anlisis en Diputados, en las comisiones de Legislacin y Asuntos Constitucionales, y de Hacienda y Presupuesto. El asesor de Gobierno, Ricardo Canet fue el encargado de explicar las modificaciones que impulsa el Ejecutivo respecto al estatuto que regula el empleo pblico. 

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