El nuevo Régimen Penal Juvenil, vigente hace 21 días, sumó dos resoluciones judiciales que generaron controversia. Una en Lomas de Zamora y otra en la Ciudad de Buenos Aires. Ambas fueron revocadas por cámaras de apelaciones, por lo que la norma continúa en vigencia en todo el país.
El nuevo Régimen Penal Juvenil tiene 21 días desde su entrada en vigencia y ya sumó dos fallos controversiales. Uno en Lomas de Zamora que intentó suspender la implementación y otro en la Ciudad de Buenos Aires que pretendía declarar la inconstitucionalidad del artículo uno de la norma.
Ambas resoluciones recibieron críticas del oficialismo, que impulsó la sanción de la nueva ley. Las juezas Laura Beatriz de Marinis, titular del Juzgado Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N° 3 de CABA, y Marta Elba Pascual, a cargo del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, quedaron en el foco del debate.
La Cámara de Apelaciones de Lomas de Zamora revocó la cautelar dispuesta por Pascual, al igual que la Cámara Penal de la Ciudad de Buenos Aires con el fallo De Marinis, por lo que la norma sigue plenamente vigente en todo el país.
¿Qué cambios introdujo la ley?
El nuevo Régimen Penal Juvenil introdujo cambios importantes respecto de la derogada Ley 22.278. La principal es la baja de la edad de punibilidad de 16 a 14 años. Pero hay otros puntos que también generaron algunos cuestionamientos.
El sistema anterior excluía los delitos de acción privada, aquellos con penas máximas de hasta dos años y los sancionados únicamente con multa o inhabilitación. Ahora, todos esos delitos están incluidos en la Ley 27.801.
Es decir que no solo se incorporan al régimen los adolescentes de 14 y 15 años, sino también esos otros delitos que antes debían resolverse fuera del ámbito penal.
Otra diferencia importante está en las penas. El régimen anterior contemplaba un cálculo de las penas de adultos, similar al de las tentativas y no establecía un límite máximo frente a delitos castigados con prisión perpetua en casos graves.
La nueva ley, en cambio, fija que la privación de la libertad no puede superar los 15 años, aun cuando el delito imputado tenga prevista una pena mayor.
Ese límite generó un fallo también controversial: el condenado por el crimen de Santiago Urbani se vio beneficiado por la nueva ley. Urbani fue asesinado durante un robo en su casa de Tigre el 10 de octubre de 2009 por un adolescente que tenía 16 años.
Los jueces lo consideraron culpable y cuando cumplió 18 lo condenaron a 27 años de pena. Luego, el Tribunal de Casación Penal provincial le redujo la condena a 19. Pero ahora, gracias al nuevo régimen, le dieron por cumplida la sentencia y lo dejaron en libertad.
A su vez, la nueva ley amplía el universo de delitos por los cuales un adolescente puede ser sometido a un proceso penal. Así, hechos menores alcanzarían penas que podrían ser restrictivas de la libertad, por ejemplo, para amenazas anónimas o sin empleo de armas, lesiones leves como las provocadas por una pelea, los hurtos o los daños, como por ejemplo destruir alguna cosa.
Aunque para los delitos con penas de hasta tres años la ley prioriza sanciones alternativas al encierro, generan antecedentes y podrían acumularse las penas.
¿Cómo impacta en el total de delitos?
En el Informe de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación que fue presentado el 4 de septiembre de 2024 sobre la incidencia de las causas penales juveniles en el total de los delitos, el Gobierno reconoció que no existe una información consolidada sobre el total de las causas penales.
«De acuerdo a datos del Sistema Nacional de Información Criminal (SNIC), durante el año 2022 se registraron 1.937.435 hechos delictivos en sede policial y de fuerzas de seguridad». Y según «un relevamiento realizado por la Dirección Nacional de Política Criminal del Ministerio de Justicia» hubo 44.744 causas ingresadas ese año en el fuero penal juvenil», explicaron en aquel entonces.
Mientras se empezaba a discutir la posibilidad de una nueva ley, los legisladores realizaron varias preguntas sobre estadísticas y datos vinculados a los menores, pero no hubo un relevamiento más actualizado ni a nivel nacional, o que pusiera la lupa sobre el conflicto o su tratamiento en cada una de las provincias.
Lo cierto es que si se toma esa relación, los delitos cometidos por menores -hasta ahora- significaban aproximadamente un 2 % del total de los hechos registrados en el país, pero como se usan metodologías diferentes para calcular esas variables, se trata de un dato impreciso.
Ese número es equivalente a lo que reflejan las estadísticas del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Buenos Aires. Según los datos oficiales, el nivel de incidencia se ubica en el 2% en 2024 y un 2,2 % en 2025.
¿Cuál es el estado de los institutos de menores?
Actualmente, no hay cifras nacionales sobre la situación de adolescentes en lugares de encierro. En la Ciudad de Buenos Aires, según datos de la Base General de Datos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (BGD), en 2025, 1355 niños, niñas y adolescentes fueron aprehendidos por fuerzas de seguridad de CABA.
En ese año, ingresaron al Centro de Admisión y Derivación Inchausti, lo que no significa que luego hayan quedado detenidos. La Ciudad tiene actualmente tres Centros Socioeducativos de Régimen Cerrado: San Martín, Manuel Roca y Manuel Belgrano. El Belgrano recibe a quienes alcanzan la mayoría de edad durante el cumplimiento de la pena.
En ese mismo año, 203 jóvenes tuvieron al menos una medida judicial de privación de libertad o alojamiento en residencias, un 4,6% más que en 2024. Esa cifra incluye medidas en centros socio educativos de régimen cerrado, residencias de libertad restringida y hospitales. En total se dictaron 256 medidas, porque algunos adolescentes tuvieron más de una.
La Comisión Provincial de la Memoria (CPM), por su parte, describió la situación del sistema de responsabilidad penal juvenil de la Provincia de Buenos Aires «de colapso e incapacidad de adoptar políticas estructurales tendientes a resolver violaciones de derechos humanos de larga data».
También consideraron que «la cantidad de niñas, niños y jóvenes privados de la libertad no coincide con los recursos disponibles para garantizarles los derechos mínimos».
De acuerdo a los datos expuestos en el informe 2025, hubo un promedio de 605 jóvenes privados de libertad en centros cerrados, de contención y recepción. El 76% (640) de los ingresos fueron directamente a dispositivos de régimen cerrado y el 24% (202) restante a dispositivos de contención. Esto implica que tres de cada cuatro ingresos se produjeron bajo un régimen de encierro total.
¿Se aplica o no la nueva ley?
Las provincias no necesitan adherir a la ley nacional, pero deben adecuar sus procedimientos y estructuras para poder aplicarla. Esa implementación exige, además, recursos humanos, dispositivos de alojamiento y, por supuesto, financiamiento.
Federico Pont Verges, de la Secretaría de Política Criminal, Coordinación Fiscal e Instrucción Penal del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, explicó a Clarín: «Lo que más les preocupa a los fiscales es que la nueva ley habla de mecanismos de justicia restaurativa, en lugar de aplicar la pena. Lo que no hay es una red o un sistema de justicia restaurativa, institucionalizado. Sí hay iniciativas repartidas por la provincia, muchas impulsadas por el departamento judicial o la municipalidad, no tenemos mecanismos institucionalizados».
Esa -planteó- «es la primera dificultad» con la que se encontraron. Y describió: «Hay lugares donde no tenés adónde mandar a los menores de 14 años para que cumplan unas primeras horas de detención hasta llegar a la fiscalía. No se termina de incorporar el sistema de tobilleras electrónicas y se excede a las plazas de encierro del sistema penal juvenil».
Incluso, en muchos lugares de encierro, adolescentes de 16 años ya convivían con jóvenes de 20 que todavía cumplían penas por delitos cometidos cuando eran menores. «Son realidades muy diferentes», ejemplificaron.
La jueza Pascual basó su cautelar precisamente en este punto y consideró que no estaban garantizadas las condiciones materiales para incorporar a más adolescentes al sistema.
Entonces, la implementación es desigual en las provincias. Algunas jurisdicciones, como Santa Fe, Córdoba, CABA y Buenos Aires, ya contaban con procedimientos o fueros especializados y deben adaptar sus estructuras.
Otras todavía definen protocolos, capacitación y articulación entre organismos, como Jujuy y Tucumán. Y en provincias como Buenos Aires, Tierra del Fuego y sectores de Chubut aparecieron cuestionamientos más concretos por falta de infraestructura, personal especializado o financiamiento.
Al respecto, Macarena Fernández Hofmann, coordinadora del equipo de política criminal y violencia en el encierro del CELS, aseguró: «La ley tiene una cuestión principal: más chicos van a estar dentro del régimen penal por la baja de la edad de la imputabilidad y porque se aplica para todos los delitos».
Por eso sostuvo que va a haber un volumen mayor de causas que procesar y de adolescentes a los que alojar en instituciones específicas para menores de edad, además de ajustes administrativos. «Acá se abre una pregunta que nos hacemos muchos de los que estamos mirando este proceso de cerca: ¿Cómo se van a hacer estos cambios?», se preguntó.
Para Hormann, «el sistema no está a la altura para absorber toda esta cantidad de adolescentes» y cerró: «Ya funcionaban muy mal los regímenes penales, por la poca respuesta alternativa a la penalidad tanto para punibles como para no punibles, las medidas de restricción eran muy variadas entre provincias y se daban en condiciones muy malas, lo que conocemos como los centros para menores, están en muy malas condiciones».
